Lic. Felipe Calderón Hinojosa,
Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos:
Con todo respeto y como presidente del Congreso Constituyente del estado de Baja California Sur, me permito rogar a usted su intervención para que se reconsidere el acuerdo del INEGI del día 17 de noviembre de 2009 mediante el cual se substituye el nombre de la Isla Cerralvo por el de Jacques Cousteau con base en los siguientes artículos constitucionales.
La Constitución General de la república establece, en su artículo 48, que :
Las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados.
La Constitución Política del estado de Baja California Sur, a su vez, en su artículo 34 declara que:
El territorio del Estado de Baja California Sur comprende:
I. Por el norte, el paralelo 28; por el oriente, el Golfo de California; por el sur y el poniente, el Océano Pacífico; y
II. Quedan comprendidas bajo la jurisdicción del Estado las Islas que a continuación se mencionan:
Natividad, San Roque, Asunción, Magdalena, Margarita y Creciente, situadas en el Océano Pacífico; Cerralvo, Santa Catalina o Catalana, San Juan Nepomuceno, Espíritu Santo, San José de Santa Cruz, del Carmen, Coronados, San Marcos y Tortugas, situadas en el Golfo de California y, además, las islas, islotes y cayos adyacentes, localizados entre los paralelos 28° y 22° 30' norte.
Un pueblo, ahora incómodo, le estará reconocido, señor Presidente.
RESPETUOSAMENTE
Profr. Armando Trasviña Taylor
Presidente del Congreso Constituyente de B. C. S.
c. c. Lic. Fernando Francisco Gomez Mont Urueta, Secretario de Gobernación
c. c. Dr. Eduardo Sojo Garza. Aldape, Presidente del INEGI.
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